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Convenio Integral de Cooperación Bilateral entre 
la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela



Marco

A principios de abril de 2004, y en medio de la crisis energética que comenzaba a afectar a nuestro país, se firmó el Convenio Integral de Cooperación entre la República Argentina y la República Bolivariana de Venezuela, en el que se establece la venta de 8 millones de barriles de gasoil y 1 millón de fueloil por parte de PDVSA a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA), de acuerdo al valor de mercado de estos combustibles.

Mecanismo

Estas compras serán abonadas por CAMMESA a un fideicomiso, y servirán para la adquisición de productos provenientes de nuestro país por parte de la Corporación Estatal CASA, el Ministerio de Agricultura y Tierras, la Corporación Venezolana de la Guayana y la empresa PDVSA, de acuerdo a las previsiones de compras anuales que estos Organismos establezcan y a la oferta exportable argentina, realizándose las compras bajo el criterio de reciprocidad y equilibrio del intercambio comercial.

El mecanismo básico establece el pago del fuel oil y gas oil venezolano por parte de Cammesa en un 20% a los 45 días de recibido el mismo y el resto en 12 cuotas consecutivas, con un interés anual del 2% sobre saldos.

Fideicomiso

Citados pagos de Cammesa se deben realizar a un fondo de fideicomiso establecido especialmente en la cuenta del banco Ubs Stamford, New York, identificada como Bandes Fideicomiso, siento el fideicomiso Pdvsa y el beneficiario el mismo fideicomitente y las empresas proveedoras de bienes y servicios argentinos a los distintos Ministerios o entes venezolanos, denominados entes ejecutores. La administración de ese fideicomiso la realiza el banco estatal venezolano Bandes, según instrucciones del Ministerio de Energía y Minas y Pdvsa.

Mecanismo de acceso para exportadores argentinos

Para que un exportador argentino pueda formalizar una venta en el marco de este fideicomiso, se deberá poner en contacto con algún organismo publico venezolano (esté o no nombrado en el Convenio de Cooperación) que se encuentre interesado en la adquisición del producto o servicio ofrecido.

Dicha oferta podrá realizarse o bien a través del contacto directo con los entes ejecutores venezolanos, o por intermedio de la Representación argentina en Caracas.

Las empresas proveedoras argentinas que logren acordar un contacto de suministro con alguno de los denominados entes ejecutores, deben esperar para poder suscribir dicho contrato la aprobación de los términos y condiciones del contrato de suministros por parte de Pdvsa, la cual junto con la Presidencia de la República, selecciona los contratos bajo los parámetros de interés social nacional. Dichos términos y condiciones serán los que negocien entre las partes en cada operación. Pasado ese filtro Pdvsa instruye al Banco Bandes para el pago respectivo.

Pago a exportadores argentinos

El Bandes al recibir los contratos de suministros con la respectiva autorización, abre una subcuenta en el Fondo Fiduciario certificando la disponibilidad de fondos. Una vez realizada la exportación de los bienes o servicios el Fideicomitente, ya sea directamente o a través de los Entes Ejecutores designados, instruye al Fiduciario para que con cargo a los bienes fideicometidos se realicen los pagos que corresponda a las Empresas Exportadores Argentinas.

El Fiduciario realizará los pagos de conformidad con las instrucciones impartidas por el Fideicomitente o los Entes Ejecutores con la apertura de una Carta de Crédito del Bandes vía New York, de acuerdo a lo estipulado en el contrato de suministro especifico.



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